CAPÍTULO V
DE LA FUERZA PÚBLICA
Artículo
172.- DE LA COMPOSICIÓN.
Reglamentado por la Ley N º 514/94
Artículo
173.- DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Las
Fuerzas Armadas de la Nación
constituyen una institución nacional que será organizada
con
carácter permanente, profesional, no deliberante, obediente, subordinada a los
poderes del
Estado y
sujeta a las disposiciones de esta Constitución y de las leyes. Su misión es la
de
custodiar
la integridad territorial y la de defender a las autoridades legítimamente
constituidas,
conforme
con esta Constitución y las leyes. Su organización y sus efectivos serán
determinadas
por la Ley.
Los
militares en servicio activo ajustarán su desempeño a las leyes y reglamentos y
no podrán
afiliarse
a partido o a movimiento político alguno, ni realizar ningún tipo de actividad
política.
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ResponderEliminarLas fuerzas públicas ejercen al monopolio de la fuerza de manera legítima, es decir actuando dentro de la legalidad de las fuerza armadas esta conformada por el ejército, la armada y las fuerzas aéreas, organismo encargado de velar por la defensa y el orden de la nación, la Policía Nacional por su parte es el encargado de mantener el orden público interno, es un cuerpo armado al igual que las fuerzas armada pero es de naturaleza civil. Las fuerzas Públicas no son deliberantes es decir no se puede sindicalizar, no se puede reunir fuera del orden de la autoridad legítima, su miembro no pueden sufragar mientras estén activo en el servicio en ningún caso no pueden intervenir en actividades de partido político.
ResponderEliminarLas fuerzas armadas representan el poder militar de una nación que se mantiene sin alteraciones en un estado o lugar, profesional no deliberante obediente y subordinada a los poderes del estado. En estas decisiones de caracteres que simboliza y lleva adelante una Institución Nacional organizada con base fundamentales que son la Constitución Nacional y las leyes vigentes, la misión principal de esta constitución es de custodiar el territorio Nacional y defender a las autoridades legítimamente constituidas estos ya sean autoridades nacionales o internacionales, estas dos misiones son las principales de las fuerzas armadas donde cada integrante en servicio activo para la Institución no debe afiliarse a ningún partido político ni movimiento gremial (Grupos) en este caso las fuerzas armadas solo podrán tener el desarrollo de votar en las elecciones generales y no así en las internas de cualquier partido o movimiento.
ResponderEliminarEn donde todos los integrantes de las fuerzas armadas estarán regidos para una buena organización por leyes y reglamentos.