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Artículo 69.- Del sistema nacional de salud
Se promoverá un sistema nacional de salud que ejecute acciones sanitarias integradas, con
políticas que posibiliten la concertación, la coordinación y la complementación de programas y
recursos del sector público y privado.

Comentarios

  1. El estado será el encargado de originar un sistema de atención a la salud que puede llevarse a cabo con el fin de garantizar a la población la atención en cualquier centro asistencial ya sea público o privado

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