PARTE I
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES, DE LOS
DERECHOS, DE LOS DEBERES Y
DE LAS GARANTÍAS
TITULO I
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1.- De la forma del
Estado y de Gobierno
La República del
Paraguay es para siempre libre E independiente. Se constituye en Estado social
de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que establecen
esta Constitución y las leyes.
La República del
Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y
pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.
El paraguayo es para siempre libre independiente no depende de ningún otro estado o país. Es un país donde todas las personas tienen derechos que debe ser promovido por el estado para su cumplimiento solo tiene un estado que nos representa atra ves del poder ejecutivo tanto a nivel nacional como internacional y desntralizado9 porque tiene una división política interna como departamento que es representado por un gobernador y en distrito por los intendentes que tiene autonomía pero con limitación.
ResponderEliminarAdopta para su gobierno la democracia donde el pueblo es el que decide quien va hacer su representante ahí el pueblo participa en la política de su país y pluralista porque las autoridades que nos representa tanto como ejecutivo, legislativo y judicial puede ser de diferente partido o movimiento que el pueblo creo conveniente. La dignidad humana quiere decir que todas las personas tenemos derecho a la salud, educación.