Artículo
84.- De la promoción de los deportes
El
Estado promoverá los deportes, en especial los de carácter no profesional, que
estimulen la
educación
física, brindando apoyo económico y exenciones impositivas a establecerse en la
ley.
Igualmente, estimulará la participación nacional en competencias
internacionales.
Dentro del marco que el deporte es salud. El Estado paraguayo tiene la amplia obligación de apoyar a los deporte en lo económico y estimular la competencias nacionales e internacionales en vista de que el deporte es saludable y fomenta un buen habito para los jóvenes.
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