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Artículo 78.- De la educación técnica.
El Estado fomentará la capacitación para el trabajo por medio de la enseñanza técnica, a fin de

formar los recursos humanos requeridos para el desarrollo nacional.

Comentarios

  1. El estado se encargara de capacitar a los ciudadanos para un desarrollo integral en las funciones que desempeñen y sea optimo los resultados.
    Las enseñanza técnica con el objeto de formar recurso humano en distinta área en viste de que necesitamos más técnico para un determinado trabajo. Por ejemplo (para una construcción grande necesitamos un arquitecto y varios técnicos).

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