Artículo
74.- Del derecho de aprender y de la libertad de enseñar
Se
garantiza el derecho de aprender y la igualdad de oportunidades de acceso a los
beneficios
de la
cultura humanística, de la ciencia y de la tecnología, sin discriminación
alguna.
Se
garantiza igualmente la libertad de enseñar, sin más requisitos que la
idoneidad y la
integridad
ética, así como el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico.
Todos tenemos la posibilidad de enseñar y aprender, se garantiza la posibilidad de pensamiento religioso y étnico, sin más requisito que la idoneidad y la integridad étnica, así como el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico
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