Artículo
284.- DE LAS INMUNIDADES, DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y DE LA REMOCIÓN.
El
Contralor y Subcontralor tendrán las mismas inmunidades e incompatibilidades
prescritas
para los
magistrados judiciales. En cuanto a su remoción, se seguirá el procedimiento
establecido para el juicio político
Comentarios
Publicar un comentario