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Artículo 157.- DE LA CAPITAL.
La Ciudad de Asunción es la Capital de la República y asiento de los poderes del Estado. Se

constituye en Municipio, y es independiente de todo Departamento. La Ley fijará los límites.

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  1. Explica que la ciudad de Asunción es la capital de la republica y lugar de los poderes del estado se constituye en municipio y es independiente de todo departamento, la ley pondrá sus limites o jurisdicción. El nombre oficial de la ciudad de Nuestra Señora Santa María de la Asunción es el que recibió en su acta de fundación, fechada el 16 de septiembre de 1541, momento en que su Cabildo fue instituido por el teniente gobernador Domingo Martínez de Irala, acto que elevo a la categoría de ciudad lo que era un fuerte militar, erigido con el mismo nombre el 15 de agosto de 1537 por Juan de Salazar de Espinosa. La fundación del fuerte que daría vida a la ciudad de Asunción se llevo a cabo en el territorio de los guaraníes – cario, pueblo con el que los conquistadores hispanos hicieron alianza. Asunción tuvo su auge en la segunda mitad del siglo XVI, para luego decaer a causa de su aislamiento geográfico y el olvido en cayo la provincia paraguaya para la metrópoli.

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