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Artículo 145.- DEL ORDEN JURÍDICO SUPRANACIONAL.
La República del Paraguay, en condiciones de igualdad con otros Estados, admite un orden
jurídico supranacional que garantice la vigencia de los derechos humanos, de la paz, de la
justicia, de la cooperación y del desarrollo, en lo político, económico, social y cultural.

Dichas decisiones sólo podrán adoptarse por mayoría absoluta de cada Cámara del Congreso.

Comentarios

  1. Atreves de los convenios y tratado de paz supranacional los países han entendido que es mejor para obtener un desarrollo mas acelerado e integrarse en bloque que significa integración de países y así ampliar sus mercados. Bueno en síntesis la supranacional es un concepto político que viene a ser una actividad orientada, también puede definirse como una manera de ejercer el poder.

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