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Artículo 119.- Del sufragio en las organizaciones intermedias
Para las elecciones en las organizaciones intermedias, políticas, sindicales y sociales, se

aplicarán los mismos principios y normas del sufragio.

Comentarios

  1. En ninguna organizaciones, ya sea sindical, política, sociales pueden variar el principio de sufragio que debe ser libre, secretos, publico y fiscalizados cualquier sufragio que va en contra de estos principio serán nula.

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