Artículo
115. - De las bases de la reforma agraria y del desarrollo rural
La
reforma agraria y el desarrollo rural se efectuarán de acuerdo con las
siguientes bases:.1) la adopción de un sistema tributario y de otras medidas
que estimulen la producción,
desalienten
el latifundio y garanticen el desarrollo de la pequeña y la mediana propiedad
rural,
según
las peculiaridades de cada zona;
2) la
racionalización y la regularización del uso de la tierra y de las prácticas de
cultivo para
impedir
su degradación, así como el fomento de la producción agropecuaria intensiva y
diversificada;
3) la
promoción de la pequeña y de la mediana empresa agrícola;
4) la
programación de asentamientos campesinos; la adjudicación de parcelas de
tierras en
propiedad
a los beneficiarios de la reforma agraria, previendo la infraestructura
necesaria para
su
asentamiento y arraigo, con énfasis en la vialidad, la educación y la salud;
5) el
establecimiento de sistemas y organizaciones que aseguren precios justos al
productor
primario;
6) el
otorgamiento de créditos agropecuarios, a bajo costo y sin intermediarios;
7) la
defensa y la preservación del ambiente;
8) la
creación del seguro agrícola;
9) el
apoyo a la mujer campesina, en especial a quien sea cabeza de familia;
10) la
participación de la mujer campesina, en igualdad con el hombre, en los planes
de la
reforma
agraria;
11) la
participación de los sujetos de la reforma agraria en el respectivo proceso, y
la
promoción
de las organizaciones campesinas en defensa de sus intereses económicos,
sociales
y culturales;
12) el
apoyo preferente a los connacionales en los planes de la reforma agraria;
13) la
educación del agricultor y la de su familia, a fin de capacitarlos como agentes
activos del
desarrollo
nacional;
14) la
creación de centros regionales para el estudio y tipificación agrológica de
suelos, para
establecer
los rubros agrícolas en las regiones aptas;
15) la
adopción de políticas que estimulen el interés de la población en las tareas
agropecuarias,
creando centros de capacitación profesional en áreas rurales, y
16) el
fomento de la migración interna, atendiendo a razones demográficas, económicas
y
sociales.
La Constitución Nacional establece los requisitos para la reforma agraria. Para el efecto el Estado deberá contar con organismo que lleve a cabo estas prácticas para que se cumpla con la finalidad de la misma, identificando a la personas beneficiarios de la reforma agraria, tantos hombre y mujeres, proveerles de las herramientas, brindarles el apoyo y acompañamientos, crear centros de estudios agrícolas, estimular a la población campesina para evitar la migración tanto interna como externa.
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